Tijuana, 21 de abril de 2025.- Las personas físicas tienen hasta el próximo 30 de abril para presentar su Declaración Anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), recordó Daniella Martínez, CEO de TLC Asociados, quien subrayó la importancia de cumplir con esta obligación fiscal para evitar sanciones.
La especialista explicó que están obligados a declarar quienes hayan tenido ingresos durante el año pasado, excepto aquellos exentos o por los que se haya pagado un impuesto definitivo, conforme al artículo 150 de la Ley del ISR.
Entre los principales casos obligatorios se encuentran:
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Personas que ganaron más de 400 mil pesos por sueldos y salarios.
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Aquellos que trabajaron con más de un patrón.
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Quienes recibieron una liquidación o indemnización laboral.
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Personas con ingresos por arrendamiento, actividades empresariales, servicios profesionales, enajenación de bienes, intereses o dividendos.
Martínez precisó que quienes tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza no están obligados a declarar si ya realizan pagos mensuales definitivos, conforme a la regla 3.13.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
El trámite debe realizarse de forma digital en el portal del SAT, utilizando contraseña o eFirma. El contribuyente recibirá un acuse de recibo como comprobante oficial.
Las sanciones por omitir esta obligación pueden oscilar entre 1,810 y 44,790 pesos, además de recargos o multas.